viernes, 5 de agosto de 2016

Alejan a Mariela Di Carlo de PAMI y asume Ayelén Paulucci

Ayelén Paulucci

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Limitar, a partir de la fecha de notificación, las funciones de Jefe del Centro de Atención Personalizada San Antonio de Areco, de la Unidad de Gestión Local XXXII – Luján, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la agente Mariela DI CARLO (Legajo N° 62306 AD B CH40SEM INI), asignadas por la Resolución N° 289/ DE/14, y ratificadas por su similar N° 825/DE/15, quedando a disposición del titular de la referida Unidad de Gestión Local. ARTÍCULO 2°.- Reubicar, a partir de la fecha de notificación, a la agente Mariela DI CARLO (Legajo N° 62306), en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Administrativo de acuerdo a lo establecido en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/ DE/06, y régimen de prestación laboral de treinta y cinco (35) horas semanales de labor. ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que la agente Mariela DI CARLO deberá realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y Actividades que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en sus estados laborales, conforme la normativa vigente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese, comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido archívese. RESOLUCIÓN N° 1395 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo.

Resulta procedente designar, a partir de la fecha de notificación, en el Centro de Atención Personalizada San Antonio de Areco, Unidad de Gestión Local XXXII – Luján, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, con funciones de titular del mencionado Centro, a la señora Ayelén PAULUCCI  (CUIL N° 27-32147334-8), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 659/DE/07, Tramo B dentro del Agrupamiento Administrativo, según lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que asimismo corresponde dejar constancia que en el plazo de treinta (30) días, a partir de la fecha de notificación, la señora Ayelén PAULUCCI (CUIL N° 27-32147334-8), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberán proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de índice índice página 77 Año XII – N° 2599 :: BUENOS AIRES, Jueves 04 de Agosto de 2016 :: índice Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo, transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1° del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir de la fecha de notificación, en el Centro de Atención Personalizada San Antonio de Areco, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, con funciones de titular del mencionado Centro, a la señora Ayelén PAULUCCI (CUIL N° 27-32147334-8), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 659/DE/07, Tramo B dentro del Agrupamiento Administrativo, según lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria de cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que en el plazo de treinta (30) días, a partir de la fecha de notificación, la señora Ayelén PAULUCCI (CUIL N° 27-32147334-8), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberán proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias, quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría General de Administración, como así también a la exhibición de la documental previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer que de no tener principio de ejecución la designación que se dispone por este acto resolutivo, a partir de la fecha de la presente, quedará automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual naturaleza que así lo disponga. 


Foto extraída del Facebook de Ayelén Paulucci

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