Ayelén Paulucci
EL
DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE
SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Limitar,
a partir de la fecha de notificación, las funciones de Jefe del Centro de
Atención Personalizada San Antonio de Areco, de la Unidad de Gestión Local
XXXII – Luján, Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA),
dependiente de la Secretaría General Técnico Operativa, a la agente Mariela DI
CARLO (Legajo N° 62306 AD B CH40SEM INI), asignadas por la Resolución
N° 289/ DE/14, y ratificadas por su similar N° 825/DE/15, quedando a
disposición del titular de la referida Unidad de Gestión Local. ARTÍCULO 2°.- Reubicar, a partir
de la fecha de notificación, a la agente Mariela DI CARLO (Legajo
N° 62306), en el Tramo C, dentro del Agrupamiento Administrativo de
acuerdo a lo establecido en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/
DE/06, y régimen de prestación laboral de treinta y cinco (35) horas semanales
de labor. ARTÍCULO 3°.- Dejar constancia que la agente Mariela DI CARLO deberá
realizar la presentación dentro de los DIEZ (10) días, contados a partir de la
fecha de la presente, del formulario 161 “Declaración Jurada de Cargos y
Actividades que desempeña el Causante”, a fin de reflejar la modificación en
sus estados laborales, conforme la normativa vigente. ARTÍCULO 4°.- Regístrese,
comuníquese y publíquese en el Boletín del Instituto. Cumplido archívese.
RESOLUCIÓN N° 1395 Dr. Carlos J. REGAZZONI – Director Ejecutivo.
Resulta
procedente designar, a partir de la fecha de notificación, en el Centro de Atención Personalizada
San Antonio de Areco, Unidad de Gestión Local XXXII – Luján, Gerencia Operativa
y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la Secretaría General
Técnico Operativa, con funciones de titular del mencionado Centro, a la señora
Ayelén PAULUCCI (CUIL N°
27-32147334-8), correspondiendo su inclusión en las previsiones del inciso g),
artículo 38, Capítulo I, Título IV de la Resolución 1523/DE/05, modificado por
el artículo 12 de la Resolución N° 833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N°
659/DE/07, Tramo B dentro del Agrupamiento Administrativo, según lo estipulado
en el artículo 9°, Anexo I de la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria de
cuarenta (40) horas semanales de labor, de acuerdo a las previsiones del
artículo 4° de la Resolución N° 712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. Que
asimismo corresponde dejar constancia que en el plazo de treinta (30) días, a
partir de la fecha de notificación, la señora Ayelén PAULUCCI (CUIL N°
27-32147334-8), conforme lo estipulado en el artículo 4°, Políticas de Ingreso,
Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del Instituto, deberán
proceder a la presentación del título secundario y/o profesional de
corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales emitido por el
Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de índice índice página 77 Año
XII – N° 2599 :: BUENOS AIRES, Jueves 04 de Agosto de 2016 :: índice Reincidencias,
quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico
preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio
del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y
Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría
General de Administración, como así también a la exhibición de la documental
previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que
alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con
los requisitos para acceder al beneficio previsional. Que se deja establecido
que de no tener principio de ejecución el presente acto resolutivo,
transcurrido el plazo de sesenta (60) días, desde la fecha de la presente, quedará
automáticamente sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto
de igual naturaleza que así lo disponga. Por ello y en uso de las facultades
conferidas por los artículos 2° y 3° del Decreto PEN N° 002/04 y el artículo 1°
del Decreto PEN N° 86/15, EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE
GOBIERNO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y
PENSIONADOS RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Designar, a partir de la fecha de
notificación, en el Centro de Atención Personalizada San Antonio de Areco,
Gerencia Operativa y Coordinación de UGL Zona 1 (CABA y GBA), dependiente de la
Secretaría General Técnico Operativa, con funciones de titular del mencionado
Centro, a la señora Ayelén PAULUCCI (CUIL N° 27-32147334-8), correspondiendo su
inclusión en las previsiones del inciso g), artículo 38, Capítulo I, Título IV
de la Resolución 1523/DE/05, modificado por el artículo 12 de la Resolución N°
833/DE/13, artículo 3° de la Resolución N° 659/DE/07, Tramo B dentro del
Agrupamiento Administrativo, según lo estipulado en el artículo 9°, Anexo I de
la Resolución N° 1375/DE/06, y carga horaria de cuarenta (40) horas semanales
de labor, de acuerdo a las previsiones del artículo 4° de la Resolución N°
712/DE/06 y Resolución N° 1002/DE/07. ARTÍCULO 2°.- Dejar establecido que en el
plazo de treinta (30) días, a partir de la fecha de notificación, la señora
Ayelén PAULUCCI (CUIL N° 27-32147334-8), conforme lo estipulado en el artículo
4°, Políticas de Ingreso, Título I, del Plan de Carrera de los Trabajadores del
Instituto, deberán proceder a la presentación del título secundario y/o
profesional de corresponder, certificado de ausencia de antecedentes penales
emitido por el Ministerio de Justicia de la Nación, Registro de Reincidencias,
quedando sujeta además la incorporación, al resultado del examen médico
preocupacional, a la evaluación psicotécnica que se realizará por intermedio
del Departamento de Evaluación de la Subgerencia de Carrera Administrativa y
Desarrollo, de la Gerencia de Recursos Humanos, dependiente de la Secretaría
General de Administración, como así también a la exhibición de la documental
previsional emitida por los organismos competentes, que permita acreditar que
alcanzada la edad jubilatoria, de acuerdo a la normativa vigente, cumplirá con
los requisitos para acceder al beneficio previsional. ARTÍCULO 3°.- Establecer
que de no tener principio de ejecución la designación que se dispone por este
acto resolutivo, a partir de la fecha de la presente, quedará automáticamente
sin efecto, sin que resulte necesaria la emisión de otro acto de igual
naturaleza que así lo disponga.
Foto
extraída del Facebook de Ayelén Paulucci

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