Un amparo judicial
presentado por la Cámara Federal de La Plata avaló las acciones colectivas
contra el aumento del gas y frenó la suba de la tarifa en todo el país. En su fallo, la Sala
2 del Foro Contencioso Administrativo pidió modificar las resoluciones 28 y 31
del Ministerio de Energía. De esta manera, exigió dar por nulos los aumentos y
retrotraer los precios de la tarifa de gas.
Con
voto de los jueces Álvarez, Schriffrin y Calitri la Sala II de la Cámara
Federal de La Plata, resolvió "con
alcance colectivo anular los aumentos en la tarifa del gas" y ordenó
"retrotraer la situación previa a las subas". En el fallo, los
magistrados declararon nulas las resoluciones "por no haber sido
precedidas de audiencias públicas".
La
decisión modificó la resolución del juez Recondo, quien había ordenado convocar
a audiencias públicas pero sin suspender los aumentos en las tarifas, y anuló
las Resoluciones 28 y 31 del Ministerio de Energía que establecieron el aumento
en la tarifa del gas y ordenaron retrotraer la situación previa a las subas.
El
pronunciamiento del juez de primera instancia fue recurrido ante la Cámara por
el Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad
(CEPIS); el Estado nacional y la asociación Consumidores Argentinos, y la
Asociación para la Defensa, Educación e Información de los Consumidores. La causa "Cepis" tiene alcance
nacional y fue la primera del país en ser inscripta en el Registro de Procesos
Colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Los
camaristas consideraron que más allá del argumento esgrimido por el Estado
Nacional en torno a que es posible el ajuste tarifario sin que se hayan
realizado audiencias públicas, "corresponde examinar si la normativa
impugnada en autos se adecua a pautas de razonabilidad".

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